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Es hora de pensar en la JUBILACIÓN (Segunda parte)
 

 

Boletín Mensual MUSASHI de abril de 2001


     Un poco más sobre la JUBILACIÓN (2) Continuando con la edición de marzo, vamos a aclarar algunos puntos sobre la jubilación en Japón.
  • Ante todo, en el caso de los extranjeros, si no tienen 25 años de aporte realizado no pueden cobrar la jubilación, por lo que recomendamos que al momento de iniciar el aporte calculen los posibles años de aporte para poder cumplir con este requisito.
  • No hace falta que dicho aporte sea continuado y sin interrupción, lo importante es que la suma total de los aportes a la jubilación sea por 300 meses, o sea, 25 años.
  • Teóricamente, los que trabajan para una empresa o contratista y cobran un salario tienen la obligación de estar asegurados al seguro social (shakai hoken), cuyo aporte la mitad debe hacerse cargo el empleador. El trámite de ingreso al sistema debe ser realizado por la empresa ante la Oficina de Seguro Social (shakai hoken jimusho).
  • Cuando están sin empleo o la empresa no los asegura al seguro social, recomendamos que sigan aportando al seguro nacional de jubilación (kokumin nenkin hoken) que se tramita en el municipio. Es una forma de mantener la continuidad como asegurado, pagando una cuota mensual de 13.300 yenes (al mes de marzo del 2001) que es para garantizar el cobro de la jubilación básica.
  • Se recuerda que la jubilación básica, es en principio, para aquellos que son trabajadores independientes, empresarios particulares, amas de casa, desocupados, agricultores independientes, etc. El monto de la cuota es mensual y fija, aunque el monto de la jubilación que pueden llegar a cobrar no es suficiente para garantizar un sustento holgado.
  • La jubilación básica (rorei kiso nenkin) lo podrán cobrar cuando cumplan los 65 años de edad. Es el mínimo garantizado, pero que depende también del tiempo aportado (desde luego, también es indispensable los 25 años de aporte obligatorio). Por ejemplo; si el trabajador ha aportado 25 años podrá cobrar aproximadamente unos 500.000 yenes al año, con 30 años unos 600.000 yenes y con 40 años la suma integral de 804.200 yenes.
  • Los particulares o comerciantes que administran negocios en forma independiente (sin formar una empresa con personería jurídica), a fin de complementar una mayor asignación a futuro, generalmente aportan a un fondo de jubilación nacional (kokumin nenkin kikin) que permita mejorar el monto de la jubilación.
  • Otra forma de complementar una mayor asignación a futuro, tanto para los particulares como para los trabajadores asalariados, es que aporten a alguna jubilación privada de las compañías de seguros privada, del correo (seguros simplificados llamados "kampo") o de algunas mutuales como el "zenrosai" o la cooperativa agraria "nokyo". Estos productos financieros, muchas veces, están complementados con asignaciones de tipo médico (ej.: asignación por internación) o con pólizas de seguro de vida.
  • Los extranjeros que desean solicitar el reintegro de sus aportes jubilatorios pueden tramitar la devolución. Este trámite de devolución se debe realizar desde el país de origen, cuando se regresen definitiva o temporalmente a su país.
       Los que tramitan la devolución pierden totalmente su cualidad de asegurado, por lo que el tiempo que han aportado queda nulo.
  • Si el solicitante de la jubilación tiene los 25 años de aporte obligatorio puede solicitar el cobro anticipado de la jubilación (nenkin no kuriage), aunque en estos casos, salvo situaciones de fuerza mayor, no es recomendable que lo tramiten, pues implica una disminución sustancial del monto a cobrar. Teniendo en cuenta que a los 65 años el jubilado puede cobrar el 100 % de la jubilación (en el caso de la jubilación nacional básica sería de 67.000 al mes; y si si trata de un trabajador asalariado cobraría unos 230.000 yenes por mes, incluyendo la parte que le corresponde a su cónyuge en calidad de dependiente), si el interesado lo tramita a los 64 años cobraría solamente el 89 %, o sea, tendría una disminución del 11 %; a los 63 años cobraría el 80 %; a los 62 el 72 % y a los 60 años el 58 %, o sea, implicaría una disminución del 42 %. Es por eso que la mayoría de los retirados siguen aportando con trabajos temporales o eventuales hasta cumplir los 65 años de edad, pues el cobro anticipado implica una merma muy importante de la jubilación.
  • Los que tienen más de 10 años de aporte a la jubilación pueden acceder a préstamos escolares (kyoiku shikin kashitsuke) para aliviar los altos costos de educación, principalmente cuando se trata del dinero que se requiere para el ingreso a la secundaria superior y a la universidad. El que está asegurado a la jubilación nacional puede solicitar un préstamo de hasta 500.000 yenes y el que está asegurado al seguro social (shakai hoken) de hasta 1 millón de yenes (en el caso de la Prefectura de Kanagawa se tramita en el KANAGAWA-KEN NENKIN FUKUSHI KYOKAI, Tel: 045-641-8891). Para solicitar este crédito es necesario ofrecer un garante solidario solvente (rentai hoshonin) o pagar una garantía (hoshokin) que oscila de 15.000 yenes a 40.000 yenes aproximadamente, según el período de devolución establecido (de 3 a 8 años).

     También pueden acceder a préstamos para la compra de una vivienda, como una forma de complementar el crédito público de vivienda (jutaku kinyu koko). El otro beneficio es que pueden disfrutar a precios muy accesibles de los centros de recreación y hoteles termales (para tal efecto, pueden informarse en una fundación del gobierno llamado ZENKOKU KOKUMIN NENKIN FUKUSHI RENGOKAI-Tel: 03-5489-1411).
 
     Reintegro de los aportes jubilatorios para los extranjeros Los extranjeros asegurados a la jubilación del seguro social (kosei nenkin) o a la jubilación nacional pueden optar por tramitar el reintegro de sus aportes realizados, siempre y cuando, cumplan con los siguientes requisitos: - que sean de nacionalidad extranjera (los que tienen doble nacionalidad y han estado en Japón como japonés no podrán acojerse a este reintegro), - que hayan aportado más de 6 meses a la jubilación, - que no tengan domicilio en Japón, o sea, que hayan dejado el Japón y estén en el país de origen u otro país extranjero. Este reintegro está vigente a partir de abril de 1995, o sea, que es a partir de los aportes realizados desde noviembre de 1994. Es indispensable que el trámite se haga del país de origen o del domicilio instalado en el extranjero. La solicitud debe realizarse en un formulario específico emitido por la autoridad competente y desde el país de origen debe adjuntar una copia del pasaporte con la fecha de salida de Japón y una copia de la cuenta bancaria.
 
     En este reintegro, el monto máximo es el equivalente al aporte de 36 meses, o sea, que aunque haya aportado 5 ó 10 años, el monto no supera el límite establecido. Lamentablemente, por el momento no se percibe una ampliación del período de aporte para que pueda ser objeto de la devolución.
 
     Para los que han aportado a la jubilación nacional, el monto de reintegro es un monto fijo previamente establecido que oscila de 35.100 yenes a 210.600 yenes.
Algunos extranjeros, cada vez que se regresan al país de origen suelen tramitar este reintegro, pues consideran o presienten que no van a poder cumplir con los 25 años de aporte obligatorio que exije la ley. Sin embargo, el reintegro implica también anular su condición de asegurado, por lo que en caso de que durante su estadía en Japón sufra alguna lesión o enfermedad, o fallece, no podrá cobrar las pensiones que contempla el seguro de jubilación.
 
     Tiempo de aporte Reintegro-Jubilac. del seguro social Reintegro-Jubilac. Ncial.
kaniu kikan kosei nenkin no dattai ichijin-gaku kokumin nenkin no dattai gaku
 
     De 6 a 11 meses salario promedio mensual x 0.5 35.100 yenes
     De 12 a 17 meses salario promedio mensual x 1.0 70.200 yenes
     De 18 a 23 meses salario promedio mensual x 1.5 105.300 yenes
     De 24 a 29 meses salario promedio mensual x 2.0 140.400 yenes
     De 30 a 35 meses salario promedio mensual x 2.5 175.500 yenes
     Más de 36 meses salario promedio mensual x 3.0 210.600 yenes
 
     Para mayores informes o para solicitar el formulario respectivo pueden llamar al 03-3334-3131 (solamente en japonés), Centro de Operaciones del Seguro Social (shakai hoken gyomu centa).
 
     Social Insurance Operation Center Takaido-Nishi 3-5-24. Suginami-Ku. Tokyo 168-8505. 
 

 

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