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Lo ideal sería no pedir prestado dinero a nadie, pero a veces, por ciertas circunstancias inevitables o imprevistas, muchos, principalmente dentro de la comunidad latina, prestan o piden prestado dinero sin tomar el mínimo de precauciones. En varias ediciones, iremos desarrollando los puntos que deben ser tenidos en cuenta. La mayoría de los problemas por préstamos surgen entre familiares y amistades. Al parecer es algo universal y en cuestiones de dinero, la "confianza mata al hombre". Aunque de hecho no existe un método seguro y totalmente eficiente para cobrar una deuda impaga, sí se puede constatar la existencia de esa deuda y presionar para que sea pagada, en la medida en que al momento de realizar un préstamo se confeccione algo escrito. Al igual que un contrato de compra y venta, un préstamo también es un contrato de derechos y obligaciones en donde el que presta (acreedor - saikensha) se compromete a entregar un determinado monto convenido y el que se endeuda (deudor - saimusha) asume la devolución de ese monto más los intereses en las condiciones pactadas. CONTRATO DE PRESTAMO (shakuyo-sho) Los puntos que deben hacerse constar en un contrato son: a) Nombre y domicilio del acreedor. b) Nombre y domicilio del deudor. c) Monto del préstamo realizado. d) Tasa de interés (ver nota 1). e) Fecha límite de devolución (ver nota 2). f) Forma de pago de la deuda (Sea en cuotas o de una sola vez, especificar si es por depósito bancario o giro postal.). g) Sanción o multas por retrasos o incumplimientos (chien songaikin), que puede ser un porcentaje determinado o una especie de multa por concepto de indemnización. Y para garantizar el pago de la deuda, en el mismo contrato es recomendable colocar el nombre y domicilio del garante solidario (rentai hoshonin). En caso de mora o iliquidez del deudor, el acreedor puede actuar judicialmente contra el garante solidario para cobrar el préstamo realizado. Por eso, se recomienda que no acepte a la ligera un compromiso de esta naturaleza. Por más que el deudor sea un amigo o conocido, antes de aceptar verifique previamente, dentro de lo posible, la capacidad económica del deudor y de sus familiares. Y si se trata de una deuda que está por contraer ante firmas prestamistas constate cuáles son las condiciones y las limitaciones. Como ha pasado con la firma NICHIEI, por una cláusula poco visible y entendible, el garante debió responder, no solamente por la primera deuda que tenía conocimiento, sino también por todas las deudas contraídas posteriormente sin el consentimiento del garante. No deben olvidar que ser garante solidario de una deuda no es lo mismo que ser avalante de un visado o de un contrato de alquiler o de una compra de un bien mueble; sino más bien se acerca al garante de la compra de un casa o apartamento. Para las deudas por montos importantes se recomienda al acreedor que haga confeccionar un contrato bien detallado (kinsen shohi taishaku keiyakusho) y que el mismo esté legalizado ante notario público con la cláusula de cobro judicial (shikko nindaku yakkan tsuki kosei shosho). De esta manera, sin que medie una sentencia judicial puede tramitar el cobro judicial a través de un funcionario nombrado por el tribunal (shikkokan no toritate), tanto al deudor como al garante solidario. Si se trata de un préstamo por varios millones, es usual que el acreedor exija una hipoteca de un bien inmueble (casa, terreno) o algo de valor (automóvil) que cubra el monto del préstamo. La hipoteca (tampoken o teitoken) puede ser desde la línea telefónica, vehículos, equipos y maquinarias, terrenos, viviendas o edificios. En algunos casos se "obliga" también a firmar una póliza de seguro de vida. Nota 1: La cuestión de los intereses está regulada por la Ley de Limitación de los Intereses (rieki seigen-ho). Aunque no se detalle ningún porcentaje en el contrato, el acreedor puede exigir el pago de un 5 % anual. La mencionada ley estipula que una deuda de hasta 100.000 yenes se puede cobrar hasta un máximo del 20 % anual, de 10.001 a 1.000.000 yenes el 18 % anual y si la deuda supera el 1.000.001 yenes se permite hasta un 15 % anual. Por los retrasos en los pagos se permite aplicar un interés pecuniario (multa) de hasta el doble de estas limitaciones por parte del acreedor. Ej: Préstamo por 500.000 yenes. Tasa del 18 % anual = 90.000 yenes Si el pago es en 2 años sería: 500.000 x (90.000 x 2) = 680.000 680.000 dividido 24 meses = 28.330 por mes es lo que devolver. Hay prestamistas que cobran ilícitamente intereses mucho más altos y en el caso de las firmas relacionadas con la mafia organizada (yakuza) suelen cobrar hasta 10 % por mes o en el peor de los casos por cada 10 días en forma acumulada, o sea, que se hace impagable. ¡TENGAN MUCHO, PERO MUCHO CUIDADO!! Nota 2: Si no está determinada la fecha de devolución significa que el acreedor puede pedir su cancelación cuando lo desee. Por eso, es recomendable establecer un programa de pagos para evitar sorpresas y pagos imprevistos. |
合資会社 イデア・ネットワーク 代表 松本 J.
アルベルト |
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(e-訳しよ〜ネッ)
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