---- MUY IMPORTANTE 重 要 ---

 (c) Derechos reservados a la Consultora IDEA NETWORK Soc. en Comandita. Se autoriza su reproducción (fotocopiado) en los Consulados, entidades públicas y asociaciones de ayuda para su entrega gratuita a los usuarios.

 本ホームページで掲載されている『武蔵』のすべての情報の内容を許可なく転載、再配布することを禁じますが、領事館や外国籍住民の支援公共機関、市町村や市民団体の相談窓口、ラテン商店での非営利目的での自己負担複製および無料配布は認めます。

 


DECLARACION DE LA RENTA
(kakutei shinkoku ) Iª PARTE

 

Boletín Mensual MUSASHI No 12, año 2001, Ene. Revisado y actualizado al mes de enero de 2002


  La contrapartida del Ajuste de Fin de Año (nenmatsu chosei) es la Declaración de la Renta, que en japonés se denomina kakutei shinkoku. Se recuerda que, los que tuvieron un ajuste de fin de año correcto, con las respectivas deducciones por carga familiar (por cónyuge e hijos menores), por aportes al seguro social (salud y jubilación), etc., no necesitan realizar esta declaración ante la Oficina de Impuestos (zeimusho).
  Solamente, los que, por alguna razón (por irregularidades del empleador, por omisión en la declaración de las personas objeto de carga familiar, por tener gastos médicos que superen los 100.000 yenes, por compra de una vivienda (la compra de un vehículo no es deducible de los ingresos), por errores en las declaraciones hechas para el ajuste de fin de año, por tener una actividad secundaria, etc.), no han podido poner al día los ingresos y las deducciones, pueden y deben, o sea, que es una obligación, realizar este trámite de declaración jurada para que la autoridad tributaria defina correctamente el monto del impuesto a la renta (shotoku-zei) que debe pagar el contribuyente (en calidad de asalariado o trabajador independiente). O sea, no es un trámite para el cobro de impuestos en calidad de empresa, sino solamente como contribuyente particular (si el particular tiene una empresa o actividad comercial propia sin registro como empresa, en calidad de persona física, también queda incluido en esta categoría de contribuyente).
  Los que siendo asalariados (no importa si es de contratación directa o indirecta) tienen una actividad secundaria (administración de inmuebles, empresa particular en la compra y venta de productos o servicios), también, tienen la obligación de realizar esta declaración.
  Si como consecuencia de esta declaración, los cálculos contables que se realizan bajo las modalidades y criterios establecidos por la ley tributaria reflejan un sobrante en lo que le han descontado o pagado durante el año como impuesto a la renta, el contribuyente puede obtener la respectiva devolución. La devolución es una consecuencia de estos cálculos y no algo obligatorio o exigible a la Oficina de Impuestos. Esto significa, que si los cálculos reflejan un faltante en el monto del impuesto a la renta que debe pagar, en vez de una devolución, el contribuyente debe pagar ese faltante, dentro del plazo que se le otorga.

  - declaración de la renta: kakutei shinkoku
  - contribuyente: nozeisha- impuesto a la renta: shotoku-zei
  - asalariado: kyuio shotokusha/ sarariman
  - actividad secundaria: fukugyo - devolución: kampu
  - sobrante: amattabun, chokabun
  - faltante: tarinaibun, fusokubun

    ¿Cuánto es el gravámen del impuesto a la renta?
  Para los ingresos de hasta 3.300.000 millones el 10 %, de 3.300.000 a 9.000.000 millones el 20 % (con una deducción fija de 330 mil yenes), de 9 a 18 millones el 30 % (con una deducción fija de 1,23 millones) y si supera los 18 millones el 37 % (con una deducción fija de 2,49 millones).
  ¿Significa que si un trabajador o empleado cobra un salario anual de 4 millones debe pagar el 20 %, o sea, 800.000 yenes en impuesto a la renta? La respuesta es NO.
  A los 4 millones, ante todo, hay que aplicar una fórmula contable para calcular la deducción variable. Luego se debe aplicar las deducciones específicas (por carga familiar, por seguro social, por gastos médicos, etc.) que puede gozar y declarar, y por último se aplica una deducción básica. Además, en este caso en particular, se le agrega la deducción fija de 330.000 yenes.

  ¿Cuál es la fórmula contable para calcular la deducción variable?
  Es una fórmula que está clasificada en 6 estratos de ingresos salariales y en cada una de ellas se reconoce una deducción que se calcula con la aplicación de las respectivas fórmulas.

  INGRESO SALARIAL ANUAL              MONTO DE LA DEDUCCION
  - Para los ingresos menores a 1.625.000   650.000 yenes
  - De 1.625.000 a 1.800.000                          ingreso anual x 40 %
  - De 1.800.000 a 3.600.000                          ingreso anual x 30 % + 180.000
  - De 3.600.000 a 6.600.000                          ingreso anual x 20 % + 540.000
  - De 6.600.000 a 10.000.000                        ingreso anual x 10 % + 1.200.000
  - Más de 10.000.000                                     ingreso anual x 5 % + 1.700.000

  En este caso de 4 millones se aplica la tercera fórmula, o sea, seria 4.000.000 x 20 % + 540.000 = 1.340.000 yenes.

  La primera deducción es de 1.340.000 yenes, o sea, 4.000.000 - 1.340.000 = 2.660.000 (A este monto se le van deduciendo las otras deducciones específicas)

  ¿Cuánto es el monto de las deducciones específicas?
  Los montos están fijados por ley, y cada determinado período, son ajustados o reformados, según la política tributaria y social que establezca el gobierno. La deducción por cónyuge es de 380.000, si es mayor de 70 años 480.000 yenes (si la cónyuge es discapacitada en grado mayor es de 730.000, aunque si es mayor de 70 años son 830.000). Para gozar de esta deducción por cónyuge (haigusha kojo) es necesario que la pareja esté casada por derecho, o sea, que las parejas de hecho no pueden beneficiarse. También es necesario que la cónyuge no gane más de 1.030.000 yenes al año.

  Por familiar dependiente (fuyo kojo), o sea, por los hijos o familiares que dependan de la ayuda económica del titular, también es de 380.000 yenes. Si los hijos están entre los 16 a 23 años de edad, sin ingresos y/o estudiando, se podrá deducir la suma de 630.000 yenes. Y si el familiar dependiente tiene más de 70 años, la deducción será por 480.000 ó 580.000 yenes. Si los dependientes son discapacitados, el monto podrá ser de 730.000 a 930.000 yenes, según la edad y si comparten o no la misma vivienda.
  Cuando el que hace la declaración de la renta, o sea, el contribuyente es discapacitado podrá gozar de una deducción de 270.000 ó 400.000 yenes, dependiendo de la gravedad de la invalidez.

  Y si el contribuyente tiene más de 65 años de edad y un ingreso salarial que no supere los 12,3 millones de yenes podrá gozar de una deducción de 500.000 yenes. Y si es viudo o divorciado, sin que haya formado nueva familia, la suma es de 270.000 yenes. Y si se tratare de la mujer viuda o divorciada, también es de 270.000 yenes, aunque si tiene un hijo menor que dependa de los ingresos de la madre, la deducción es de 350.000 yenes.

  En el caso de los padres o familiares que viven en el país de origen y dependen en parte de la ayuda económica que se les envía del contribuyente domiciliado en Japón tendrá que demostrar la relación de parentesco, la periodicidad de las remesas hechas y que los montos enviados reflejan el poder adquisitivo del titular y el costo de vida del país de origen. Aunque declaren a todos los familiares dependientes (padre, madre, hermanos, etc.), eso no significa que la autoridad tributaria japonesa apruebe a todos ellos como personas dependientes de los ingresos del titular. De hecho, tiene que estar equiparado con el monto enviado y los posibles ingresos que dicen obtener.

  Además de estas deducciones, existen deducciones por los pagos realizados en concepto de seguro de salud y jubilación (shakai hoken kojo), por seguro de vida (seimei hokenryo kojo), por seguro contra daños y accidentes (songai hokenryo kojo), por aporte a la mutual de pequeñas empresas, etc. Para deducir por los pagos de las cuotas de un seguro de vida o del seguro contra daños y accidentes, se debe aplicar una pequeña fórmula matemática, en donde, dependiendo del tipo de contrato, varía el monto deducible. En el caso del seguro de vida, el monto máximo deducible es de 50.000 yenes, y en el seguro contra daños y accidentes, si la póliza es anual, es deducible tan sólo 3.000 yenes, y si es por más de 10 años, es deducible un máximo de 15.000 yenes. Para solicitar estas deducciones deben presentar la constancia emitida por la respectiva compañía de seguros o mutual.
  En cuanto a los pagos por seguro de salud, jubilación y mutual de pequeñas empresas es deducible la totalidad de lo que ha pagado en un año, aunque también deben adjuntar la constancia emitida por el organismo competente.
  Si, por ejemplo, el trabajador ha pagado 300.000 yenes en salud y jubilación, podrá deducir íntegramente este monto. Si ha pagado una póliza de seguro de vida por 100.000 yenes en un año, podrá deducir solamente 50.000 yenes.

  - deducción por cónyuge: haigusha kojo
  - deducción por familiar dependiente: fuio kojo
  - hijos adolescentes de 16 a 22 años: tokutei fuio kojo
  - familiar mayor de70 años: rojin fuio shinzoku
  - discapacitado/inválido: shogaisha
  - deducción por carga social: shakai hokenryo kojo
  - deducción por seguro de vida: seimei hokenryo kojo

  ¿Y qué es la deducción básica?
  La deducción básica es una deducción por un monto fijo que la ley tributaria contempla para todos los que realizan esta declaración. Al final de la planilla para la declaración jurada, ya aparece impresa el monto de 380.000 yenes.

  ¿Es cierto que el/la cónyuge puede gozar de dos deducciones?
  Así es. Por el/la cónyuge que depende de los ingresos del titular (los ingresos de éste no pueden superar los 12,3 millones), éste puede gozar de la deducción por cónyuge (haigusha kojo) y de la deducción especial por cónyuge (haigusha tokubetsu kojo).
  Cuando el/la cónyuge tiene un ingreso salarial anual de 699.999 yenes, el titular podrá deducir 380.000 yenes por deducción por cónyuge y otros 380.000 yenes por deducción especial por cónyuge, o sea, 760.000 yenes. Si los ingresos son de 850.000 a 899.999 yenes, la deducción por cónyuge será de 380.000 yenes, pero, por la deducción especial será solamente de 180.000 yenes. Así sucesivamente, se toma como referencia una planilla provista por la autoridad tributaria. Si el/la cónyuge gana 1.030.000 yenes, solamente podrá gozar de la deducción de 380.000 yenes por cónyuge. Y si el monto supera el 1.410.000 yenes, no podrá gozar de ninguna de las dos deducciones. De 1.030.001 a 1.410.000 yenes, se aplica solamente la deducción especial por cónyuge, pero a medida que aumentan los ingresos, disminuye el monto de la deducción.
  La existencia de esta deducción ha promovido el trabajo temporal, o a tiempo parcial, de las amas de casa en los sectores servicios, elaboración de alimentos y demás tareas que por su irregularidad requieren mano de obra de tipo eventual y no permanente. Por otra parte, para el titular, también, es una ventaja tributaria que su cónyuge trabaje limitadamente para poder gozar de estas deducciones; y para las empresas, también un mecanismo sumamente flexible para captar mano de obra femenina, que de hecho es más barata que la masculina, y para superar los altibajos en las tareas de comercialización o de provisión de servicios.

  ¿Los que no tienen ingresos o ingresos bajos también deben realizar esta declaración?
  En realidad no, sin embargo, si en años anteriores tuvieron ingresos, es mejor declarar para evitar que la autoridad tributaria o municipal facture impuestos o las cuotas de salud y jubilación basados en la presunción de ingresos de los años anteriores.
  Si el/la cónyuge dependiente del titular tiene un ingreso salarial de más de 1.030.000 yenes, tendrá que pagar proporcionalmente, el impuesto a la renta como el impuesto municipal de residencia. Y si el ingreso supera el 1.410.000 yenes, es necesario que pague también el seguro de salud y la jubilación, o sea, que ya no podrá ser dependiente del titular (generalmente el marido).
  Es por eso, que en la realización de trabajos a tiempo parcial o eventual, es recomendable que se tengan en cuenta estos factores para evitar el pago de tributos y obligaciones en aporte social. Desde luego, que si el interés del/la cónyuge es obtener ingresos mayores y dejar de ser dependiente (en lo tributario) del titular, es mejor trabajar en forma más fija con un contrato más permanente. Lo importante, es que el trabajador sepa las ventajas que ofrece el sistema tributario y aproveche correctamente estos beneficios.

  Dicho artículo ha sido publicado en el boletín MUSASHI No 12, enero de 2001. Revisado y actualizado al mes de enero de 2002. © Consultora IDEA NETWORK-J.Alberto Matsumoto, JAPÓN.

 

トップ・ページ
Página Inicial

 

¿Qué es MUSASHI?  
 
¿Quién lo hace?

 


+++++++ スペイン語圏とのコミュニケーション&ビジネス・サポート ++++++++

合資会社 イデア・ネットワーク 代表 松本 J. アルベルト

***************************************
法律及び経済関係専門の翻訳業務 - ラテンアメリカへのビジネスサポート
-----------------------------------------------------
月刊「MUSASHI」(スペイン語版)- 日本在住の南米日系人向けの生活情報誌
年間購読 法人:7.000円  個人:4.000円
================

〒223-0055 神奈川県横浜市港北区綱島上町83-1-104
Tel: (81) 045-544-0192   Fax: (81) 045-544-0079
E-mail: jam@ideamatsu.com
イデアネット・ホームページ

 

Regresar al inicio del web

continuación

www.e-yakushiyo.jp
     (e-訳しよ〜ネッ)

日西翻訳通訳研究塾